BECAS ALUMNADO NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES 24-25


Publicada la  Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, de 12 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2024-2025.

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 30 de abril y se extenderá hasta el 13 de septiembre de 2024 inclusive (art. 10.3).

Las solicitudes deberán cumplimentarse por los interesados, mediante el formulario accesible por Internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del MEFPD en la dirección https://sede.educacion.gob.es.


De ese modo se genera una solicitud en PDF que los familiares y/o interesados deben imprimir y presentar en el Centro Educativo  a fin de que sea registrada dentro del plazo establecido.

Beneficiarios:

 

-        Alumnos con discapacidad de al menos el 25%.

-        TDAH asociado a discapacidad de al menos el 25%, Trastorno GRAVE de conducta o Trastorno GRAVE de la comunicación y del lenguaje.

-        Trastorno grave de conducta.

-        TEA (Certificado de médico especialista actualizado y expedido por servicios de salud sostenidos con fondos públicos).

-        Trastorno Grave de la Comunicación y del Lenguaje.

-        Altas capacidades.

Las solicitudes deben adjuntar la siguiente documentación:

 

-        Alumnos con discapacidad reconocida.- Copia de la tarjeta de discapacidad en vigor.

-        Alumnos Sin discapacidad reconocida.- Diagnóstico médico.

-        Familia numerosa.- Copia del título de familia numerosa en vigor.

-        Todas las becas tienen que venir acompañadas de copia de la cuenta bancaria en la que el alumno sea titular o cotitular.


La convocatoria del próximo curso 2024/2025 vuelve a establecer una ayuda para gastos adicionales de carácter general por importe de 400€ (al igual que en la convocatoria anterior). Ésta se concederá automáticamente cuando se notifique la concesión a los interesados por lo que las familias y los centros educativos tienen que rellenar las solicitudes como siempre sin necesidad de realizar ningún trámite adicional.

LOS DATOS QUE SE INDIQUEN EN LA SOLICITUD DEBEN CORRESPONDER AL CURSO ACADÉMICO 2024/2025.

Por ejemplo, si un alumno o alumna en el curso siguiente va a estar matriculado en 1ºESO en un IES, será este centro el que deberá certificar su matriculación y no el colegio en el que se encuentre matriculado este año.